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Resolución 13/2018 (MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN) - SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

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Texto Completo

Resolución 13/2018 (MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN) - SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Ciudad de Buenos Aires, 19/02/2018
Publicación en B.O.: 23/02/2018

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2017-33614738-APN-DNGIYS#MM, las Leyes Nros. 25.506 y 22.520 y modificatorias, los Decretos Nros. 2628 del 19 de diciembre de 2002 y sus modificatorios, 561 del 6 de abril de 2016, 892 del 1º de noviembre de 2017, la Resolución del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 399- E del 5 de octubre de 2016 y modificatorias, la Resolución N° 10 del 16 de febrero de 2018 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN (RESOL-2018-10-APN-SECMA#MM), y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital, reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, estableciendo las características de la Infraestructura de Firma Digital.

Que el artículo 24 del Decreto Nº 2628/02 y sus modificatorios, reglamentario de la Ley Nº 25.506 de Firma Digital, estableció el procedimiento que los certificadores deben observar para la obtención de una licencia y detalló la documentación exigida para el cumplimiento de las condiciones estipuladas en la mencionada Ley, su Decreto reglamentario y normas complementarias.

Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) en su artículo 23 octies estableció las competencias del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entre las cuales se encuentra la de actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la Infraestructura de Firma Digital estipulada por la Ley N° 25.506.

Que el Decreto Nº 561/16, en su artículo 9, otorgó a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las funciones establecidas en los incisos b), c), e), f), g), h), j), k), I), m), n), o) y p) del artículo 13 y las obligaciones definidas en el artículo 14, ambas del Decreto N° 2628/02, entre las que figura la de aprobar las políticas de certificación, el manual de procedimiento, el plan de seguridad, de cese de actividades y el plan de contingencia, presentado por los certificadores solicitantes de la licencia o licenciados.

Que el citado Decreto Nº 561/16, en su artículo 10, instruyó a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN para realizar las auditorías previstas en el Capítulo VII de la Ley N° 25.506.

Que el Decreto Nº 892/17 creó la Plataforma de Firma Digital Remota, administrada exclusivamente por el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA en la que se centralizará el uso de firma digital, en el marco de la normativa vigente sobre Infraestructura de Firma Digital.

Que el mencionado Decreto Nº 892/17 en su artículo 3º estableció que la Plataforma de Firma Digital Remota contará con una Autoridad Certificante propia que emitirá los certificados digitales gratuitos a ser utilizados en la misma.

Que la Resolución Nº 399-E/16 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN estableció las pautas técnicas complementarias del marco normativo de firma digital, aplicables al otorgamiento y revocación de licencias a los certificadores que así lo soliciten, en el ámbito de la Infraestructura de Firma Digital establecida por la Ley N° 25.506.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN Y SOPORTE de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN inició el trámite de licenciamiento del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR).

Que la citada Resolución Nº 399-E/16 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en su artículo 52 dispuso que la documentación exigida durante el proceso de licenciamiento será considerada confidencial, excepto aquella que la normativa vigente establezca como pública.

Que en base a lo dispuesto por el citado artículo 52, se estableció la obligación de resguardar la información confidencial obrante en las actuaciones de licenciamiento, disponiendo que sólo procederá a utilizarla a los fines de evaluar la aptitud del certificador para cumplir con sus funciones y obligaciones, inherentes al licenciamiento, absteniéndose de revelarla, utilizarla para otros fines o divulgarla a terceros, aún después de haber finalizado el proceso de licenciamiento, salvo respecto de aquella información que la normativa vigente establezca como pública.

Que conforme lo previsto en el artículo 11, inciso a) del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1759/72 T.O. 2017, para el caso de los Documentos Electrónicos Reservados, la autoridad administrativa podrá solicitar al administrador del sistema de gestión documental electrónica la habilitación de documentos de carácter reservado mediante acto administrativo fundado en la normativa que establece su confidencialidad.

Que, en consecuencia, la Resolución N° 10 del 16 de febrero de 2018 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN (RESOL-2018-10-APN-SECMA#MM) autorizó la reserva de la documentación considerada no pública obrante en el expediente citado en el Visto, dado que la misma contiene información crítica relacionada al funcionamiento y continuidad de las operaciones de la Autoridad Certificante del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR).

Que habiéndose aceptado la documentación en las condiciones establecidas en la normativa vigente, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha realizado la auditoría previa al licenciamiento establecida en el artículo 48 de la Resolución MM Nº 399-E/16.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL emitió el correspondiente dictamen legal y técnico que acredita la aptitud del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para desempeñarse como certificador licenciado en el marco de la Infraestructura de Firma Digital creada por la Ley N° 25.506.

Que en virtud de las constancias obrantes en el expediente, se han acreditado las condiciones requeridas por la citada Resolución Nº 399-E/16 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para que dicho MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN pueda ejercer su actividad como Certificador Licenciado, aprobando su Política Única de Certificación.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la “Política Única de Certificación v1.0” del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR), cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo: IF-2018-07304010-APN-DNSAYFD#MM.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el “Manual de Procedimientos v1.0” del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR), cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo: IF-2018-07304055-APN-DNSAYFD#MM.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase el “Acuerdo con Suscriptores v1.0” del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR), cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo: IF-2018-07304096-APN-DNSAYFD#MM.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase el “Acuerdo Utilización de la Plataforma de Firma Digital Remota v1.0”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo: IF-2018-07304132-APN-DNSAYFD#MM.

ARTÍCULO 5°.- Apruébase la “Política de Privacidad v1.0” del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR), cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo: IF-2018-07304160-APN-DNSAYFD#MM.

ARTÍCULO 6°.- Apruébanse los “Términos y Condiciones con Terceros Usuarios v1.0” del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR), cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo: IF-2018-07304196-APN-DNSAYFD#MM.

ARTÍCULO 7°.- Instrúyese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, para que proceda en el término de VEINTICUATRO (24) horas a asignar el Identificador de Objeto (OID) correspondiente a la Política de Certificación que se aprueba por la presente.

ARTÍCULO 8°.- Establécese el carácter de reservado, en los términos del artículo 52 de la Resolución Nº 399-E/16 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, de la siguiente documentación que obra en los presentes actuados: a) Inventario de Hardware (PD-2018-07304228-APN-DNSAYFD#MM). b) Inventario de Software (PD-2018-07304260-APN-DNSAYFD#MM). c) Plan de Cese de Actividades (PD-2018-07304284-APN-DNSAYFD#MM). d) Plan de Continuidad de Operaciones (PD-2018-07304318-APN-DNSAYFD#MM). e) Plan de Seguridad (PD-2018-07304344-APN-DNSAYFD#MM). f) Planilla de Asignación de Roles (PD-2018-07304366-APN-DNSAYFD#MM). g) Plataforma Tecnológica (PD-2018-07304387-APN-DNSAYFD#MM). h) Procedimiento ABM de Usuarios (PD-2018-07304415-APN-DNSAYFD#MM). i) Procedimiento de Backup y Restauración de la Información (PD-2018-07304430-APN-DNSAYFD#MM). j) Procedimiento de resguardo y restauración de claves criptográficas del HSM (PD-2018-07304457-APN-DNSAYFD#MM). k) Procedimiento de Retiro de Bienes y su Resguardo (PD-2018-07304498-APN-DNSAYFD#MM). l) Procedimiento de Usuarios de Emergencia (PD-2018-07304530-APN-DNSAYFD#MM). m) Procedimiento de Traslado de Elementos Sensibles (PD-2018-07304550-APN-DNSAYFD#MM). n) Propuesta de Servicios de Firma Digital (ARSAT) (PD-2018-07304573-APN-DNSAYFD#MM). o) Roles y Funciones de la AC MODERNIZACION-PFDR (PD-2018-07304606-APN-DNSAYFD#MM). p) Servicio de Housing - Acuerdo de Cooperación (MODERNIZACIÓN-AFIP) (PD-2018-07310704-APN-DNSAYFD#MM). q) Informe de Auditoría Previa al Licenciamiento del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la AC MODERNIZACIÓN-PFDR (IF-2018-07304640-APN-DNSAYFD#MM)

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo Nicolás Martelli.

• Ver Anexo 1
• Ver Anexo 2
• Ver Anexo 3
• Ver Anexo 4
• Ver Anexo 5
• Ver Anexo 6

e. 23/02/2018 N° 10298/18 v. 23/02/2018

Fecha de publicación 23/02/2018

Citar: elDial.com - CC506E

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